Luis Puertas, Director de Procesal y Civil en LEGAL Y ECONÓMICO, en El ECONOMISTA
Los juristas rechazan, en líneas generales, la primera sentencia que declara nula la cláusula de responsabilidad personal universal. El fallo considera que es abusiva por no haberse negociado con el cliente y venir, por tanto, impuesta por el banco. Los expertos piden prudencia, ya que el fallo del juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, publicado ayer por elEconomista, no es firme y todavía las partes pueden recurrirlo. La sentencia obliga a la entidad a resolver el contrato hipotecario -y, por tanto, la deuda- una vez entregada la vivienda.
Enlace a la noticia
IURIS&LEX (pdf)