(legaltoday). Existiendo acuerdo expreso de absorción y compensación entre las partes, plasmado en el contrato de trabajo, el Tribunal Supremo considera que sí es posible compensar y absorber el complemento personal convenido» que venían percibiendo los trabajadores, con los incrementos salariales devengados por los conceptos de «promoción profesional» y «antigüedad» previstos en el Convenio, aun mediando heterogeneidad entre los complementos.
Enlace a la noticia
Llámanos:
Tel.: (+34) 917 587 512
Fax: (+34) 915 599 729
Sede Central:
Paseo de la Castellana 13
2º Izq. 28046 Madrid
Legal y Económico: despacho de abogados y economistas en Madrid © Todos Los Derechos Reservados 2021