SE PERSIGUE AGILIZAR EL PROCESO Y EVITAR AGOTAR LOS CUATRO MESES QUE OTORGA EL ARTÍCULO 74.3 DE LA LEY CONCURSAL AL SUPERAR LOS 2.000 ACREEDORES

La Administración Concursal de Banco Madrid ha solicitado al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid una prórroga de dos meses hasta el próximo 26 de julio para presentar su informe provisional. Con ello, se opta por evitar el recurso al aplazamiento máximo de cuatro meses que se prevé en el artículo 74.3 de la Ley Concursal al superarse los 2.000 acreedores. Se trata de una decisión que, en consecuencia, pretende agilizar al máximo el proceso concursal en el que está inmerso Banco Madrid, intentando seguir el itinerario más rápido.

La decisión de pedir una ampliación del plazo – que inicialmente expiraba el próximo día 26 de mayo- pero sin agotar el tiempo adicional (cuatro meses), se adopta tras valorar la posibilidad de que en las próximas semanas se pueda ejecutar la totalidad de las operaciones pendientes, así como el previsible desbloqueo de la operativa por parte de RBC y Allfunds Bank. Esto permitirá determinar con mayor eficacia y exactitud las masas pasivas y activas de la entidad, favoreciendo la creación de una lista provisional fiable que evite posteriores impugnaciones.

Los administradores concursales fundan su petición no sólo en las circunstancias aludidas en el artículo 74.3 de la Ley Concursal, sino en la gran complejidad del proceso y la total ausencia de precedentes de concursos de entidades financieras con el ordenamiento vigente. Además, señalan que la dificultad de análisis se acrecienta por aspectos técnicos y humanos. En este sentido, Banco Madrid contaba con un programa informático único y exclusivo, denominado Avaloq, cuyo bloqueo operativo impuesto el domingo 15 de marzo propició dejar en suspenso ciertas operaciones, que ahora han tenido que recalcularse de forma manual.

Por otro lado, el bloqueo operativo efectivo por parte del subcustodio RBC así como del intermediario para fondos internacionales Allfunds Bank han impedido hasta el momento la posibilidad de cerrar los saldos que en las cuentas de los citados agentes estaban a nombre de Banco Madrid, dificultando la obtención del saldo definitivo en relación con los clientes.

Falta de dirección y fuga de capital humano

A todo ello, se ha unido la falta de dirección en la entidad financiera y la explicable fuga de su capital humano cualificado. La Administración Concursal tuvo que afrontar la ausencia de capilaridad horizontal y vertical en la comunicación de decisiones, creando para ello un comité de dirección compuesto por directivos del banco y responsables del equipo de la administración concursal, cuya entrega ha sido absoluta para resolver cuanto antes el proceso. Sin embargo, eso no ha impedido que al estar en una situación de liquidación se hayan producido bajas importantes de personal altamente técnico en Banco Madrid, que se han tenido que reemplazar de forma urgente con otros recursos humanos de la entidad, que han debido formarse y capacitarse de forma urgente.

Ante la ausencia de Comité de Empresa y a fin de cumplir con la legalidad y poder disponer de interlocutores con los trabajadores, los administradores concursales han precisado promover el nombramiento de representantes, constituyéndose una comisión representativa como está previsto en el Estatuto de los Trabajadores para tales circunstancias.

Gracias a todas estas medidas, que han requerido su tiempo y que la Administración Concursal ha realizado con gran celeridad pero respetando los plazos y demás exigencias legales, la operativa de Banco Madrid se encuentra hoy prácticamente desbloqueada, lo que sin duda facilitará la identificación de la posición de los clientes así como la ejecución de los traspasos de valores, fondos y planes de pensiones.

Duplicidad de cuentas en fondos y depósitos garantizados

No obstante, la Administración Concursal también advierte de que existe una compleja casuística de casos supuestos particulares que deben ser estudiados individualmente, como por ejemplo la existencia de cuentas dobles en los instrumentos de inversión colectiva, o la situación de los depósitos garantizados.

El hecho de que una importante cantidad de las IIC’s de las que Banco Madrid era depositario tengan doble cuenta operativa está dificultando extremadamente la determinación de sus saldos, de ahí la necesidad de analizarlos de forma individualizada para determinar el porqué de la existencia de esa duplicidad.

Respecto, a los depósitos garantizados, se está procediendo también a la valoración individualizada de los activos subyacentes, algo que ha resultado extremadamente complicado después de que se negara a Banco Madrid el acceso a las plataformas mundiales de valoración tras la publicación de la sospecha por blanqueo de capitales.

La cifra provisional de acreedores

A falta de evaluar a todos estos acreedores, los administradores concursales han constatado por el momento 11.164 acreedores afectados por el concurso de Banco Madrid. Una cantidad todavía muy provisional a la espera de analizar no sólo las operaciones anteriormente descritas sino además todas aquellas pendientes de asentarse y que quedaron suspendidas por el bloqueo abrupto de la operativa de la entidad, las denominadas “operaciones en vuelo”, que fueron cursadas por los clientes o gestoras el viernes 13 de marzo de 2015 y que no se pudieron ejecutar.

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