El Economista se hace eco de la sentencia del Tribunal Supremo del 10 de noviembre de 2016 , por la cual se establece que la resolución de los alquileres de renta antigua es una pieza de interés del concurso de acreedores, según prevé la Ley Concursal. Así, esta nueva sentencia exige que se termine con los arrendamientos sujetos a la antigua ley para asegurar la viabilidad de la empresa concursada.
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