La abogada Remedios Aranda Huertas explica en su artículo de Iuris&Lex “A vueltas con las devoluciones de la plusvalía municipal” que el Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado parcialmente inconstitucionales y nulos varios artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o plusvalía municipal. Este fallo sucede a otros dos recaídos en meses anteriores que en el mismo sentido, declararon la no conformidad con la Carta Magna de preceptos reguladores de la plusvalía municipal si bien en relación a la normativa foral de Guipúzcoa y Álava. En ambos casos, el Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad de preceptos reguladores de la plusvalía municipal sólo cuando se someten a tributación situaciones en las que no se ha producido un incremento de valor del terreno al momento de la transmisión, pues no cabe gravar situaciones inexpresivas de capacidad económica de conformidad con el principio de la Constitución.


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