El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que vuelve a apoyarse en la crisis económica como circunstancia clave para permitir la modificación de cier tos contratos. El magistrado Orduña Moreno, ponente del fallo, ha ordenado la moderación …
El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que vuelve a apoyarse en la crisis económica como circunstancia clave para permitir la modificación de cier tos contratos. El magistrado Orduña Moreno, ponente del fallo, ha ordenado la moderación de la renta inicialmente pactada entre dos empresas hoteleras en un 29 por ciento de reducción y con duración hasta el final del ejercicio 2015.Y ello por haberse justificado “la significativa caída en el sector, la disminución de ventas e ingresos medios por habitación y el consiguiente registro de pérdidas de la empresa arrendataria”. En concreto, declara aplicable la cláusula rebus sic stantibus , es decir, aquella por la que se entiende que las estipulaciones establecidas en los con tratos lo son habida cuenta de las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración. Recuerda el Supremo, que el necesario ajuste de las instituciones a la realidad social ha producido un cambio progresivo de la concepción tradicional de esta figura “de modo que se ha ido abandonando la idea de su carácter sumamen te restrictivo”, optándose por una aplicación normalizada en atención a que “la actual crisis económica, de efectos profundos y prolongados de recesión económi ca, puede ser considerada abiertamente como un fenómeno de la economía capaz de generar un grave trastorno o mutación de las circunstancias”. (TS, 10-10-2014)