FIJARÁ EL PROCEDIMIENTO CON LAS DEPOSITARIAS EN LOS PRÓXIMOS DÍAS

Los administradores concursales, Legal y Económico Administradores Concursales (Pedro Martín Molina) y Data Concursal (Francisco Vera Vázquez) anuncian que los saldos en cuenta corriente de los fondos de pensiones e Instrumentos de Inversión Colectiva (IIC) –fondos de inversión y SICAV- de los que Banco Madrid fuera depositario, no entrarán en la masa del concurso, por lo que se procederá a su traspaso íntegro en los próximos días, una vez fijados los procedimientos a seguir con las depositarias correspondientes.

El  proceso de traslado de las IICs y fondos de pensiones hacia CECA BANK y otras depositarias realizado hasta ahora, afectaba únicamente a los valores depositados (acciones, bonos, etc.), sin haber sido traspasados los saldos dinerarios en cuenta corriente que dichos fondos de pensiones e IICs mantenían en Banco Madrid el pasado 25 de marzo, fecha de declaración del concurso.

Ante la falta de precedentes, esta decisión se anuncia tras un minucioso estudio de la normativa aplicable (Ley Concursal,  Ley del Mercado de Valores, Ley de Instituciones de Inversión Colectiva o el Real Decreto y Reglamento que rigen los Fondos y Planes de Pensiones), de la jurisprudencia e incluso de la doctrina de nuestro país.

Así, y de acuerdo con la mencionada legislación sectorial de las IICs y fondos de pensiones, es admisible una separación y en consecuencia, los saldos de efectivo en cuenta corriente pueden no ser considerados créditos concursales. Sin embargo, la misma legislación obliga a que los saldos de efectivo en cuenta corriente mantenidos en un banco en concurso de acreedores y que no provengan de su actuación como depositario de fondos de pensiones e IICs sean considerados crédito concursal y, por tanto tendrán la misma consideración que el resto de saldos en cuentas corrientes y no serán susceptibles de separación.

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