Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias.

El modelo 289 “Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua” responde a los compromisos adquiridos por el Estado español en los últimos años para extender el sistema de intercambio automático de información tributaria a nivel internacional.

Así, este modelo que deberá ser presentado mediante medios telemáticos por las instituciones financieras definidas en los términos establecidos en el apartado A de la sección VII del anexo del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, contendrá la información de las personas o entidades que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras y sean residentes fiscales en alguno de los países o jurisdicciones detallados a continuación incluidos en este Anexo.

La presentación de esta declaración anual deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de mayo de cada año en relación con la información financiera relativa al año inmediato anterior.

La Disposición Adicional Única de esta Orden establece los requisitos para que las entidades de inversión colectiva queden exentas de la presentación del modelo 289.

2. Otras modificaciones

  • Comunicación NIF: Se modifica la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre, para permitir la acreditación de la condición de no residente sin establecimiento permanente en España y la residencia fiscal en otro país a los efectos de la excepción de la obligación de comunicar el número de identificación fiscal en las operaciones con entidades de crédito por no residentes.
  • Modelo 291: Se modifica la Orden EHA/3202/2008 de 31 de octubre por la que se aprueba el modelo 291, para permitir la acreditación de la condición de no residente sin establecimiento permanente en España y la residencia fiscal en otro país a los efectos de la excepción de la obligación de retener sobre los rendimientos de las cuentas de no residentes.
  • Modelo 290: Se modifica la Orden HAP/1136/2014, de 30 de junio, por la que se regulan determinadas cuestiones relacionadas con las obligaciones de información y diligencia debida establecidas en el acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras y que aprueba la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses, modelo 290, ampliando el plazo de presentación de la declaración que pasa a ser del 1 de enero y el 31 de mayo de cada año en relación con la información financiera relativa al año inmediato anterior. En la actualidad, el plazo de presentación del modelo 290 finaliza el 31 de marzo.

Los nuevos plazos de presentación serán de aplicación a los modelos de declaración informativa anual 289, 290 y 291 correspondientes al año 2016.

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